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Patrulla_baja.jpgDesde el mes de septiembre de 2009 está realizando su labor la Patrulla Verde de la Vía Verde de la Jara.

Los días de diario se encargarán de las actuaciones de mantenimiento más importantes en la Vía, mientras que los fines de semana y festivos informarán a los usuarios y atenderán aquellas situaciones de emergencia que se puedan dar.

La Patrulla Verde tiene su sede en el kilómetro 34 de la Vía Verde de la Jara, en la Finca Ecológica Ecoaltea, donde también se pueden contratar servicios de turismo activo. Se puede acceder por carretera a la oficina de información de la Patrulla Verde, en la carretera comarcal CM-411 (de La Nava de Ricomalilllo a Puerto de San Vicente), km. 4,500

Teléfono de información de la Patrulla Verde de la Vía Verde de la Jara: 609 700 141
 
Normas de uso de la Vía Verde Print E-mail
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PDFNormas de uso de la Vía Verde 
La Vía Verde de la Jara se destinará a su utilización como ruta turística, ecológica y deportiva, para la práctica del senderismo, el paseo, la observación de la naturaleza, el cicloturismo y aquellas actividades deportivas o de turismo activo que sean compatibles y no incurran en usos prohibidos, con características propias de área natural recreativa.

El uso individual no necesitará de ninguna autorización previa, mientras que en el caso de tratarse de grupos numerosos que pretendan hacer uso de la Vía Verde de manera agrupada deberán notificarlo a la Mancomunidad con, al menos, diez días de antelación.

Usos Permitidos.

-         Circulación peatonal, a caballo, en bicicleta, en silla de ruedas, bicicletas adaptadas y, en general, cualquier vehículo no motorizado que no suponga ningún riesgo para los demás usuarios por razones de envergadura o cualquier otra (velocidad máxima 10 kilómetros/hora).

-         Paso de ganado, exclusivamente los que sean propiedad de vecinos autorizados previamente por el municipio correspondiente.

-         Paso de vehículos de mantenimiento y vigilancia de la Vía Verde debidamente identificados, siempre respetando las normas de velocidad y dando prioridad al resto de usuarios permitidos.

 

Usos autorizables.

-         Pruebas deportivas compatibles con los usos permitidos.

-         Cualquier acción lúdica y recreativa compatible con los usos permitidos.

-         Circulación por la Vía Verde de vehículos motorizados de manera excepcional previa autorización y observando siempre las normas citadas anteriormente.

 

Aquella persona que pretenda realizar alguna de estas actividades deberá solicitarla por escrito a la Mancomunidad exponiendo con detalle la pretensión con antelación de treinta días a la fecha de realización de la actividad.

 

Prohibiciones de uso.

-         Queda terminantemente prohibido circular por la Vía Verde con cualquier vehículo de motor, motos, motocicletas, coches, tractores, etcétera.

-         Circular por los túneles sin luz, en aquellos vehículos autorizados.

-         Transitar por la Vía Verde con perros sin sujeción.

-         Circular por la Vía Verde y sus taludes con ganado.

-         Superar los límites de velocidad establecidos para las bicicletas y vehículos autorizados de 10 kilómetros/hora.

-         Pastar cualquier animal en la traza y taludes de la Vía Verde, así como utilizar los túneles como refugio de ganado.

-         Queda prohibido el vertido en la Vía Verde y/o sus cunetas de residuos tóxicos o peligrosos, residuos sólidos urbanos, escombros de demolición, aguas residuales, deshechos, papeles, plásticos, etc.

-         Actuaciones vandálicas, pintadas, rotura o destrozos en las señales, elementos de mobiliario, zonas de descanso y sus instalaciones en general.

 

Pases para vehículos.


-         Se deben solicitar en los diferentes ayuntamientos de la Mancomunidad.

-         Los permisos de acceso para vehículos a motor a la Vía Verde de la Jara se otorgarán exclusivamente a aquellos propietarios o proveedores de fincas que no tengan otra posibilidad de acceso a las mismas, y siempre previa autorización expedida de manera temporal o permanente por los servicios administrativos de la Mancomunidad, tras la obligatoria solicitud previa, y el pertinente informe favorable del ayuntamiento en cuyo término esté ubicada dicha finca.

 
Estos usuarios deben respetar en todo caso la limitación de velocidad y la prioridad de peatones, cicloturistas y otros usuarios permitidos.
 


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